El mayor pecado público de Piñera
El día en que el ex presidente, sin justificación alguna, usó los recursos de todos los chilenos en beneficio de unas pocas empresas
Veamos los crudos hechos: durante su
mandato, Sebastián Piñera presentó al Congreso, consiguió aprobar y promulgó
una franquicia impositiva —el denominado goodwill
tributario—
cuyo único propósito era permitir que algunos
grandes contribuyentes pudieran, en forma exclusiva, eludir durante diez años miles de millones de pesos en impuestos. No
tuvo otra finalidad. Fue diseñada e implementada, por Piñera y su equipo,
específicamente para eso: para favorecer sin justificación alguna a las
organizaciones mencionadas.
¿A
quiénes benefició esta franquicia?
A aquellas empresas que adquirieron
otras empresas, pagando un valor superior a su patrimonio contable, y luego se
fusionaron con ellas. Favoreció, por ejemplo, a Principal Financial Group,
quien le adquirió al grupo Penta su participación en la AFP Cuprum y luego se
fusionó con esta última. Después de la fusión, la nueva AFP Cuprum quedó
autorizada para rebajar de su renta imponible el sobreprecio que Principal le
pagó al grupo Penta, reduciendo con ello sus impuestos durante diez años.
¿Cuáles
son las cifras involucradas?
Las rebajas de impuesto a la renta
obtenidas por las empresas beneficiadas con la maniobra del ex presidente
Piñera —son
241 las firmas que hicieron uso del beneficio durante el 2015; algunas
bastante conocidas, como la mencionada Cuprum, Provida, Integramédica, Luchetti
y Farmacias Ahumada—, ascienden a cerca de
USD 650 millones anuales. Note que la cifra indicada es brutal: equivale a
13 teletones y representa del orden del 20% de lo que Chile necesita para
financiar la gratuidad universal en la educación. Su importe, de hecho, es
mayor que lo que se necesitaría si el Estado le entregase $ 1 millón a cada
recién nacido para ser depositado a su nombre en una AFP.
¿Cómo
funciona esta megafranquicia?
Permitiéndoles solo a las
mencionadas compañías considerar como gastos, activos intangibles que jamás han
tenido ni tendrán esa condición —la Norma Internacional de Información
Financiera (NIIF, o IFRS en inglés) número 3 es clarísima respecto del trato
contable que debe darse a este tipo de activos: no pueden considerarse como
gastos—,
y cuya rebaja de la renta imponible no
está permitida por la ley de la renta para ninguna otra empresa. El goodwill tributario es, en consecuencia,
un injustificable beneficio discriminatorio. Un indebido e inaceptable
privilegio. Un abuso de la peor especie. Ni más ni menos.
¿Cuáles
son los activos intangibles que, gracias a esta norma implementada por Piñera,
esas empresas pueden considerar como gastos?
Anote: su prestigio, la imagen de
marca de sus productos, la plusvalía de sus bienes raíces, su cartera de
clientes, su tecnología, su clima organizacional, su cartera de proyectos de
inversión, las capacidades de sus empleados, sus redes de abastecimiento, la creatividad
y las redes de contactos de sus gerentes, sus equipos de ventas y otros más por
el estilo. Ninguno de ellos, no faltaba más, corresponde a lo que se denomina
“gastos necesarios para generar la renta”. Ninguno se deteriora, se deprecia o
está sujeto a obsolescencia. Ninguno debería, en consecuencia, ser rebajado de
la renta imponible para pagar menos impuesto a la renta.
Sin embargo, la franquicia
promulgada por Piñera justamente permite eso: que solo un pequeño grupo de
empresas puedan pagar menos impuestos —USD 650 millones, recuerde—
rebajando de su renta imponible conceptos que nunca han sido ni serán
considerados como gastos para ningún otro contribuyente.
¿Por
qué Piñera diseñó, tramitó y promulgó esta infame franquicia?
No lo hizo, por cierto, para
beneficiar al país. No hay implícito beneficio alguno para Chile en esta
disposición. Aquí, los únicos beneficiados son, por una parte, las empresas que
reciben el beneficio —cuya lista, al menos de las empresas que impetraron este
beneficio en la operación renta 2016, acompaña a esta columna (ver https://1drv.ms/x/s!AmqP7sdlYaBncnvjTdB0-YCRdnU)—, y por
otra, los propietarios originales de las firmas; esto es, quienes vendieron las
empresas que posteriormente se fusionaron con sus adquirentes. En el caso de
AFP Cuprum, por ejemplo, se benefició Principal Financial Group, reduciendo en
forma significativa los impuestos que paga la Administradora, y también el
grupo Penta, pues vendió una empresa con una franquicia tributaria incorporada
que aumentaba su valor. Podría decirse que gracias a Piñera (y también, por
cierto, a quienes aprobaron la franquicia tributaria), tanto la empresa
compradora como la vendedora mejoraron su negocio. ¿Irá por ahí la respuesta?
¿Legisló Piñera en favor de sus conocidos? Queda la gran duda, ¿verdad?
Y, desde luego, sería en extremo útil
saber si en los registros de las empresas beneficiadas existen “facturas
ideológicamente falsas”; saber, fuera de toda duda, si ellas fueron o no
donantes, “por sobre el límite permitido”, de financiamiento electoral. En una
de esas tenemos aquí otra vertiente.
El
Goodwill tributario es inconstitucional
Mencionemos, así a la pasada, que la
franquicia tributaria en cuestión debió ser declarada inconstitucional, ya que
no cumple con lo establecido en el artículo 19 número 22 de nuestra Carta Fundamental,
La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus
organismos en materia económica, donde se dispone que “solo en virtud de una
ley, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar
determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica”. Como
resulta evidente al revisar la lista que acompaña a esta columna, las empresas
beneficiadas no pertenecen ni a un sector, ni a una actividad ni a una zona
específica. Ello, sin perjuicio de la evidente discriminación que significa la
franquicia respecto de todos los demás contribuyentes del país,
Aquí lo tiene, amigo lector. Un tema
de enorme relevancia y gravedad que hasta la fecha ha pasado colado. Una
franquicia tributaria que, pese a ser injustificada, discriminatoria y
enormemente gravosa, se mantiene aún vigente con un enorme costo para el país.
¿No debería ser un tema de campaña?
Juzgue usted.
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